En Ecuador, formar parte de un Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) ahora es suficiente para ser encarcelado, sin necesidad de haber cometido un delito adicional. Esta medida, que endurece el combate a la criminalidad, fue resaltada en un reportaje de Ecuavisa (junio de 2025), el cual explica cómo esta política se alinea con la estrategia implementada por el presidente Nayib Bukele en El Salvador.
El artículo destaca que, desde el 2021, en el país centroamericano pertenecer a una pandilla también se considera un delito autónomo, con penas de hasta 30 años de prisión. Ecuador ha adoptado una línea similar, aunque con penas que van desde 7 hasta 10 años, de acuerdo con el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
En el caso ecuatoriano, no es necesario probar participación directa en actos violentos o ilícitos; basta con demostrar que la persona forma parte de un grupo estructurado con jerarquías, roles y objetivos delictivos. Esta modificación legal busca debilitar a las bandas desde su base organizativa, reduciendo su capacidad operativa y control territorial.
Según expertos citados por Ecuavisa, esta política ha generado debate en torno al respeto a los derechos humanos y las garantías del debido proceso. Sin embargo, para muchos sectores de la ciudadanía, representa una respuesta contundente frente al avance del crimen organizado que azota al país.
Comentarios